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Por: Wanda Méndez. – Exservidores públicos interpusieron una acción de amparo de cumplimiento, en reclamo del cumplimiento de una resolución que le otorgaba un bono por evaluación de desempeño, alegando que con la negativa se le violaba el derecho al trabajo. La acción fue declarada improcedente por el Tribunal Administrativo, por lo que fue recurrida la decisión ante el Constitucional, que la acogió y determinó que fue violentada una prerrogativa adquirida, la remuneración, que considera es un aspecto derivado del derecho fundamental al trabajo. Sobre esa base, estableció el siguiente criterio: “En materia laboral, este tribunal considera que los derechos adquiridos son un conjunto de prerrogativas en favor del trabajador que nacen en el momento en que se inicia una relación de trabajo, los cuales deben ser reconocidos y garantizados por el empleador aun cuando esa relación laboral haya concluido”. (TC-231-21).

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