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Santo Domingo.- El embajador dominicano en Suecia, Víctor Grimaldi, informó el fallecimiento de su madre, Ana Casilda Céspedes Muñoz, de 90 años, a causa de un infarto al corazón.

A través una comunicación, Grimaldi también denunció que durante su internamiento su madre trato de usar el seguro médico de la Cancillería y le habían informado que había sido suspendido.

De su lado, dijo que además del seguro médico también le habían sacado de la nómina desde el pasado mes de febrero, lo que considera incorrecto porque es diplomático de carrera.

“Pasé una gran vergüenza el día que me enteré de parte de mi madre que trató de utilizar el seguro médico de la Cancillería y le dijeron que lo habían suspendido. También a mí naturalmente me suspendieron el servicio pues la Cancillería me sacó de la nómina a pesar de que soy embajador de carrera por haber prestado once (11) años de servicio diplomático”, explicó Grimaldi.

En la comunicación, Grimaldi recuerda que en noviembre del año pasado fue destituido como embajador de la Santa Sede y no fue hasta marzo cuando el presidente Danilo Medina lo asigna en Suecia.

“Mi plácet para el Reino de Suecia se fue tramitado en diciembre 2019 y el decreto del Poder Ejecutivo de mi nombramiento fue emitido el 5 de marzo, inmediatamente fue recibido el beneplácito. Agradezco al Señor Presidente de la República Danilo Medina pues en noviembre del año pasado me comunicó previamente con anticipación del cambio o traslado de sede que había el mismo Presidente decidido. Fui ratificado por el Senado de la República el 18 de marzo 2020”, explica.

Grimaldi explica que salió de Roma el 21 de enero para facilitar la llegada de la nueva embajadora y que espera viajar a Suecia el mes próximo para asumir sus nuevas funciones diplomáticas.

Asimismo, le envió una carta al canciller Miguel Vargas Maldonado, explicándole por qué ha sido legal la cancelación de su seguro médico y la falta de pago de su salario. A continuación la misiva inextensa.

Excelencia
Miguel Vargas Maldonado
Ministro de Relaciones Exteriores de la República Dominicana
Ciudad

Señor Canciller:

En enero de 2009, fui designado mediante decreto como Embajador de la República Dominicana ante la Santa Sede, bajo el amparo de la Ley Orgánica de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores número 314, de fecha 6 de julio de 1964. En virtud de la cual y a tenor de lo establecido en el Párrafo I de su artículo 8, la condición de funcionario de carrera le sería otorgada a quienes cumplieran diez años en servicio.

Si bien es cierto que luego fue promulgada la Ley Orgánica número 630-16, la cual remite a un reglamento para regular este particular, al momento del pronunciamiento del Reglamento, en fecha 31 de enero de 2019, ya se habían cumplido los 10 años de mi designación.

No obstante lo dicho y más aún, mi condición de embajador de carrera es protegida por las disposiciones de la Constitución de la Repúlica. Como es de su saber, en su artículo 110, nuestra Carta Magna prevé el principio de irretroactividad de la Ley, indicando lo siguiente: “La ley sólo rige y se aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté subjúdice o cumpliendo condena. En ningún caso los poderes públicos o la ley podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior.”

En palabras de un destacado jurista dominicano:

[…] el principio de irretroactividad prohíbe, por un lado, la aplicación retroactiva de leyes gravosas para los derechos fundamentales, al tiempo que autoriza su aplicación cuando la misma favorece los derechos. Es lo que se conoce como principio de favorabilidad al que ya se ha hecho referencia más arriba.[1]

Por lo que en virtud de lo expuesto y en nuestra condición de embajador de carrera, tenemos a bien solicitarle que nos sea pagado nuestro salario correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril y mayo del presente año 2020, de los cuales estamos aún a la espera.

Cordiales saludos (Fuente externa).

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